En menos de un mes, entra en vigor la nueva Ley de Tráfico, la Ley 6/2014, de 7 de abril, y una vez más, vamos por delante, no sólo por el sistema de puntos en pesca, o el lector de matrículas que nos vigila, sino porque ya os adelantamos en nuestras publicaciones por donde iban a ir los legisladores, estas son las novedades ya comentadas:
- En bicicleta, el casco obligatorio para menores de 16 años, y para todos en vías interurbanas, el lado oscuro de la DGT y sus ciclistas kamikazes.
- Drogas al volante, sólo bajo prescripción facultativa y con fines terapéuticos.
- Inmovilización del vehículo con las multas de la ORA o retirada (grúa) si entorpece el tráfico, en éste punto también se incluyen a las bicicletas, ambos temas mencionados en las novedades de la nueva Ley.
- Incluso en Tráfico & Caza, mencionamos las responsabilidades y la consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes del atropello de especies cinegéticas.
Así que ahora, una vez publicada la nueva Ley, ya sólo nos quedan unos pequeños apuntes para vuestra información, aquí están las más significativas:
NOVEDADES
- Se perderán 6 puntos por: Conducir con presencia de drogas en el organismo, incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección tanto de alcohol como de drogas y conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
- Se perderán 3 puntos, por conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros. Ojo, “no pueden confundirse con los sistemas que tienen como fin exclusivamente informar de la ubicación“, que si se nos permite su uso.
- Multas de 1000.- Euros, subida pecuniaria, para los conductores con alcohol pero sólo si superan el doble de la tasa permitida o si ya ha sido multado en el año anterior. Ojo reincidentes.
- Los Agente denunciantes ya no tienen que dar el alto, siempre y cuando “carezcan de medios para proceder a la persecución del vehículo”. Así que tus multas, pueden llegar directamente a tu casa.
Y con el nuevo reglamento, (18 meses de plazo para realizarlo), nos marcan un nuevo cuadro de límites de velocidad, véase la diferencia, de la Ley de 2010:
A las novedades que están por venir, en el 2014 o 2015..
Por último, debemos de remarcar que se crea la Conferencia Sectorial de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad, y se abren las puertas a nuevos “chiringuitos“, es decir, “podrán crearse Consejos Territoriales de Seguridad Vial”. Pues otra vez con lo de siempre, Administraciones para Administrar Administraciones… Otro gran despropósito de tiempo y medios empleados por la Administración y de limitación de Derechos y dinero del ciudadano.
Y dicho esto, nos despedimos citando a nuestro Socio Director, el Abogado Gonzalo Díaz, en su post del 3 de julio del 2013:
“Así que Dña. María Seguí, Directora de la DGT, vaya usted al colegio, e invierta en nuestros pequeños, olvídese de regular constantemente y algún día quizás, tengamos un Reglamento de Circulación con una pizca de algo que hace tiempo que se ha perdido, sentido común“.
Un saludo a todos.
El Procedimiento es nuestro.