Directiva 2011/82EuropaSentencia

Tus multas por Europa … ¿Anuladas?

By 8 mayo, 2014 No Comments

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 Quien lea los titulares en la prensa podría pensar que si, El País, titulaba: La Justicia Europea anula la directiva que permite el cobro de multas entre Estados. o elEconomista: Anulada la Directiva sobre datos de multas de tráfico. Pero, ¿que se esconde detrás del titular?, pues seremos concisos, nada para nosotros, los ciudadanos de a pie, ya que todo sigue igual.

La Directiva 2011/82, que permite el  intercambio de  información sobre infracciones de tráfico se anula por Sentencia del pasado 6 de mayo pero se mantienen sus efectos hasta que se subsane el error jurídico en el que está basada.

Parlamento y Consejo de la Unión defendían la base jurídica de la Directiva en el artículo 87 TFUE, apartado 2 (Cooperación Policial), y la Comisión Europea entiende que tal Cooperación Policial se refiere al desarrollo de una política común de asilo, inmigración y control de las fronteras exteriores, por una parte, y a la prevención de la delincuencia, el racismo y la xenofobia, por otra parte,  es decir, que  debería haber sido adoptada, basándose en el artículo 91 TFUE, apartado 1, letra c). (Transportes), ya que, por su finalidad y por su contenido, constituye una medida que permite mejorar la seguridad en los transportes.

Tanto titular para nada, todo sigue igual, porque le han dado 12 meses para hacer las cosas bien, pero aprovecharemos para informaros que las infracciones que se persiguen en Europa  son:

  • Exceso de velocidad;
  • No utilización del cinturón de seguridad;
  • No detención ante un semáforo en rojo;
  • Conducción en estado de embriaguez;
  • Conducción bajo los efectos de drogas;
  • No utilización del casco de protección;
  • Circulación por un carril prohibido;
  • Utilización ilegal de un teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción.

Así que la Directiva se ha adoptado sobre una base jurídica equivocada y que lo solucionen, pero mientras tanto, todo sigue igual, que hay mucha “seguridad jurídica” que defender.

Todo esto y poco más, en la Sentencia del Tribunal de Justicia.

Un saludo.

El procedimiento es nuestro.

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